Desde el 1 de julio de 2025, entra en vigor una normativa europea que obliga a los propietarios de viviendas turísticas o de alquiler de corta duración en España a registrarse en el Registro Único de Arrendamientos para poder anunciar sus inmuebles en plataformas digitales. El registro asigna un número identificativo obligatorio en los anuncios y busca controlar y transparentar un sector con alrededor de 400.000 propiedades según el INE.
Los propietarios que no cumplan con esta obligación pueden enfrentar la retirada de sus anuncios en un plazo máximo de 48 horas y multas de entre 2.000 y 500.000 euros, según la comunidad autónoma y la gravedad de la infracción. Además, plataformas como Airbnb y Booking deberán colaborar en la eliminación de anuncios ilegales; de hecho, Booking ya ha retirado más de 4.000 alojamientos por incumplimientos. El registro se gestiona a través de la Ventanilla Única digital y requiere completar un formulario en la Sede Electrónica del Colegio de Registradores, proporcionando datos del inmueble y del propietario, junto con documentación legal que valide su aptitud como alquiler de corta duración.